El Supremo redefine el cálculo del finiquito:

El Supremo redefine el cálculo del finiquito:

El Supremo redefine el cálculo del finiquito: así puede afectar a las indemnizaciones por despido

Qué cambia y quién puede beneficiarse

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo introduce un nuevo criterio sobre el cómputo de determinados periodos de inactividad laboral, una interpretación que podría incrementar la antigüedad reconocida y, en consecuencia, la indemnización de algunos trabajadores despedidos.

Redacción | Información elaborada a partir de una publicación de Diario de León.

Una resolución del Tribunal Supremo ha abierto un nuevo escenario en el ámbito laboral al modificar la interpretación sobre cómo deben computarse ciertos periodos de inactividad dentro de una misma relación contractual. El cambio afecta directamente al cálculo de la antigüedad, uno de los elementos esenciales para determinar la indemnización por despido.

La nueva doctrina establece que determinadas pausas laborales de hasta nueve meses no tienen por qué romper la continuidad de la relación laboral, siempre que se mantenga el vínculo contractual y concurran los requisitos fijados por la sentencia. Este criterio podría traducirse en indemnizaciones más elevadas para algunos trabajadores.

Un cambio relevante en la interpretación judicial

Hasta ahora era habitual que numerosas empresas descontaran del tiempo de servicio los periodos de suspensión temporal de la actividad, reduciendo así la antigüedad computable. La resolución del Supremo introduce una interpretación diferente al considerar que determinadas interrupciones no deben penalizar al trabajador cuando la relación laboral continúa vigente.

La sentencia analiza situaciones en las que el empleado permanece vinculado jurídicamente a la empresa, aunque durante un tiempo no preste servicios efectivos. Entre estos supuestos pueden encontrarse determinadas excedencias, suspensiones temporales del contrato o periodos de inactividad pactados.

La clave del nuevo criterio reside en que la continuidad del vínculo laboral puede prevalecer sobre la ausencia temporal de prestación efectiva de servicios, siempre que se cumplan las condiciones establecidas por la jurisprudencia.

Cómo puede afectar al importe del finiquito

La antigüedad es uno de los factores determinantes para calcular la indemnización por despido. Si determinados meses de inactividad pasan a computarse como tiempo de servicio, el trabajador podría alcanzar una mayor antigüedad reconocida y, por tanto, una compensación económica superior.

Por ejemplo, un empleado que haya permanecido diez años vinculado a una empresa y haya acumulado dos pausas temporales de seis meses podría mantener los diez años completos de antigüedad si dichas interrupciones cumplen los requisitos fijados por el Supremo. En algunos casos, la diferencia económica puede ser significativa.

Quién puede acogerse a esta doctrina

La sentencia no supone una aplicación automática para todos los trabajadores. El Alto Tribunal introduce un criterio de proporcionalidad que deberá analizarse en cada caso concreto, dejando margen de interpretación a los tribunales inferiores.

Además, resulta imprescindible que durante el periodo de inactividad no se haya extinguido la relación laboral. Es decir, la doctrina no se aplica a contratos finalizados y posteriormente renovados, sino únicamente a situaciones en las que el vínculo jurídico con la empresa haya permanecido vigente.

Consecuencias para empresas y empleados

Las compañías deberán adaptar sus criterios de cálculo de indemnizaciones y revisar la forma en que computan la antigüedad de sus trabajadores en situaciones de suspensión temporal del contrato.

Por su parte, quienes hayan sido despedidos y consideren que determinados periodos de inactividad no fueron correctamente computados podrían valorar, con asesoramiento especializado, la posibilidad de revisar su liquidación para comprobar si existe derecho a reclamar diferencias económicas.

Importante: La sentencia no implica que todas las pausas laborales computen automáticamente como antigüedad. La aplicación dependerá de las circunstancias concretas de cada caso, del mantenimiento del vínculo contractual y de la interpretación de los tribunales competentes.

Mayor interés entre trabajadores

Tras conocerse la resolución judicial, se ha incrementado el interés por conocer cómo afectan las excedencias, suspensiones temporales del contrato y otros periodos de inactividad al cálculo de las indemnizaciones. También aumentan las consultas sobre los plazos para reclamar posibles diferencias en finiquitos ya abonados.

Especialistas en derecho laboral recomiendan revisar la documentación contractual y solicitar asesoramiento cuando existan dudas sobre la antigüedad reconocida o sobre la correcta aplicación de la nueva doctrina jurisprudencial.

Fuente: Adaptación basada en la información publicada por Diario de León.

Nota editorial: Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. La aplicación de la doctrina del Tribunal Supremo dependerá de las circunstancias particulares de cada caso y de la interpretación de los órganos judiciales.

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