
Entra en vigor el RD 723/2026: Las empresas obligadas a informar por escrito de todas las condiciones laborales y el uso de algoritmos
Publicado en el BOE y en vigor desde el 5 de octubre de 2026, el Real Decreto impone la transparencia obligatoria en contratos, salarios, turnos y algoritmos de control laboral. Una herramienta reglamentaria que llega con cuatro años de retraso y que la plantilla debe fiscalizar desde las asambleas.
El pasado 5 de octubre de 2026 entró en vigor de forma definitiva el Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La nueva norma desarrolla el artículo 8.5 del Estatuto de los Trabajadores e impone a todas las empresas la obligación de entregar por escrito, de manera exhaustiva e individualizada, la información de las condiciones esenciales de trabajo antes del inicio de la relación laboral o desde el primer día de contrato.
Esta regulación es la transposición parcial de la Directiva (UE) 2019/1152 sobre condiciones laborales transparentes y previsibles, una norma que el Estado español debería haber adaptado en agosto de 2022 y que llega con un retraso de más de cuatro años. Aunque los boletines empresariales y la prensa económica han presentado la norma como un quebradero de cabeza burocrático, para la clase trabajadora y la representación sindical supone un soporte legal directo para combatir la arbitrariedad patronal, el abuso de los periodos de prueba y la opacidad en la distribución de turnos, salarios variables y uso de herramientas algorítmicas.
📋 Las nuevas obligaciones escritas que exige el RD 723/2026
La información debe facilitarse por escrito (en papel o en formato electrónico accesible que se pueda guardar e imprimir, conservando la empresa prueba de entrega) y abarca obligatoriamente:
- Contrato y causa de la temporalidad: Detalle del puesto, grupo profesional y justificación concreta de la causa en contratos temporales y fijos-discontinuos.
- Desglose salarial y variables: Identificación clara del salario base, complementos salariales y, en su caso, los criterios exactos para la parte variable.
- Jornada, turnos y preavisos: Cuadrante horaria, régimen de horas extra, trabajo nocturno y, en jornadas irregulares, horas de referencia y preaviso mínimo aplicable.
- Periodo de prueba y formación: Duración y condiciones del periodo de prueba pactado y derecho a la formación a cargo de la empresa.
- Control por Algoritmos e IA: Obligación explícita de informar si se emplean sistemas automatizados o de Inteligencia Artificial para evaluar, tomar decisiones sobre el puesto o fiscalizar las condiciones de trabajo.
- Protocolos de Igualdad y Acoso: Identificación del Plan de Igualdad aplicable, protocolo frente al acoso sexual o por razón de sexo y medidas LGTBI de la plantilla.
Contratos antiguos y cambios en la plantilla: los plazos que debes conocer
Un aspecto clave del Real Decreto es cómo afecta a la plantilla según la fecha de su contrato:
El incumplimiento de este deber de información está tipificado en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). No entregar por escrito las condiciones esenciales constituye una infracción leve (con multas de 70 a 750 euros), mientras que la falta de formalización por escrito de los contratos cuando es preceptivo asciende a infracción grave (con sanciones de hasta 7.500 euros).
A LA DIRECCIÓN DE LA EMPRESA: ___________________________________
D./Dña.: ___________________________________________________________
NIF/NIE: ______________________ Puesto / Categoría: ____________________
Centro de trabajo: ________________________________________________
Por medio de la presente escrito, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 8.5 del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre (BOE de 10 de septiembre de 2026, en vigor desde el 5 de octubre de 2026), SOLICITO me sea facilitada por escrito, en el plazo máximo legalmente establecido de 30 días hábiles, la información completa y desglosada referente a mis condiciones esenciales de trabajo, incluyendo expresamente:
- Duración y condiciones del periodo de prueba aplicable o su exención.
- Desglose detallado del salario base, complementos salariales y criterios de retribución variable.
- Distribución de la jornada, cuadrante de turnos, régimen de horas extraordinarias y preaviso aplicable.
- Información sobre el uso de sistemas de inteligencia artificial o algoritmos que incidan en la toma de decisiones o fiscalización de mi puesto de trabajo.
- Identificación de los protocolos aplicables en materia de prevención del acoso, plan de igualdad y medidas LGTBI.
Ruego firmen el duplicado de la presente como acuse de recibo indicando fecha de entrega.
En ______________________, a _____ de __________________ de 2026.

