CGT Jardinería Madrid · Guía práctica

Cambio de contrata:

Qué debe ocurrir con tu empleo, tu antigüedad, tu contrato, tus vacaciones, tus nóminas y la documentación que la empresa debe entregar cuando cambia la adjudicataria.

No firmes deprisa. El cambio de empresa no es, por sí mismo, una baja voluntaria. Pide copia de cualquier documento y revisa antigüedad, jornada, categoría, salario, vacaciones y tipo de contrato antes de aceptar cambios.
4 mesesRegla general de adscripción activa en la contrata
100%Derechos económicos y sociales que deben respetarse
10 díasPlazo convencional para acreditar la documentación desde la comunicación fehaciente
0 bajasNo firmes una baja voluntaria para “pasar” a la nueva empresa

La regla general

El artículo 45 del Convenio Estatal de Jardinería obliga a la empresa entrante a subrogar a las personas que cumplan sus requisitos cuando termina, se pierde, se rescinde, se divide o se agrupa una contrata.

Si estás adscrito al servicio y has trabajado en él durante los cuatro últimos meses, debes pasar a la nueva empresa, sea cual sea tu modalidad contractual.

La antigüedad no se reinicia y deben respetarse tus derechos económicos, sociales, sindicales y personales.

Ser temporal no te deja fuera

La regla de los cuatro meses se aplica “sea cual fuere la modalidad del contrato”. Por eso, la primera pregunta no es si eres fijo, sino:

¿Estás adscrito al servicio y has trabajado allí durante los cuatro últimos meses?

Hay excepciones y supuestos especiales: sustitución, ampliación del servicio, contrato de relevo, suspensión con reserva y sucesión legal de empresa.

El día del cambio

La subrogación no debería convertirse en una contratación desde cero. No firmes una baja voluntaria, una renuncia general o un documento que borre tu antigüedad.

  • Acude a tu puesto salvo instrucción escrita en contrario.
  • Pide copia de todo lo que te entreguen.
  • Comprueba la primera nómina de la nueva empresa.
  • Si no apareces en el listado, reclama por escrito inmediatamente.

Vacaciones y liquidación

La empresa saliente liquida las partes proporcionales de pagas y vacaciones que correspondan. La nueva debe permitir disfrutar lo pendiente conforme al convenio.

Liquidar partes proporcionales no equivale necesariamente a extinguir tu relación laboral. Lee si el documento dice “saldo y finiquito”, “baja” o “renuncia”.

Selecciona la situación que más se parece a la tuya

Esta herramienta es orientativa. Guarda tu contrato y consulta a la representación legal o al sindicato si la empresa te excluye, te pide firmar o no respeta tus condiciones.

Documentación que la empresa saliente debe facilitar

El artículo 45.5 exige que la empresa saliente entregue a la entrante y a la representación de las personas trabajadoras documentación necesaria e imprescindible. La representación debe pedirla, cruzarla con la plantilla y reclamar omisiones.

1. Seguridad Social

Certificado del organismo competente de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social, emitido en el mes de entrega de la documentación.

2. Nóminas y cotizaciones

Copias de los doce últimos recibos de salario de las personas afectadas y copias de los RLC y RNT —antiguos TC-1 y TC-2— de los cuatro últimos meses.

3. Relación nominal de personal · Anexo III

Debe incluir, como mínimo, nombre y apellidos, número de afiliación a la Seguridad Social, antigüedad, categoría o subgrupo profesional, jornada, horario, retribución anual, modalidad de contratación y vacaciones. También debe indicar el mandato si la persona es representante legal.

4. Contratos

Copia de los contratos de las personas afectadas, incluidos los contratos de sustitución y los documentos que acrediten la causa, la persona sustituida y la duración.

5. Liquidación de partes proporcionales

Documento diligenciado por cada persona afectada en el que conste la recepción de la liquidación de partes proporcionales. Hay que distinguir esta liquidación de una baja voluntaria o un finiquito extintivo.

6. Declaración de la empresa saliente

Declaración jurada del apoderado sobre aplicación íntegra del convenio y pactos, deudas salariales o indemnizaciones, y aplazamientos o fraccionamientos con la Seguridad Social, con documentación acreditativa.

7. Pleitos y procedimientos pendientes

Listado de procedimientos judiciales o administrativos, individuales o colectivos, que puedan afectar a los costes laborales del servicio.

8. Jubilación parcial y relevo

Información sobre personas sustituidas en jubilación parcial y relevistas: jornada, duración, fecha de extinción y demás datos relevantes, incluso si se producen después de la subrogación.

Antes de firmar

  • Comprueba que aparece la subrogación y no una contratación inicial.
  • Revisa antigüedad, categoría, jornada, horario, salario, pluses, vacaciones y modalidad de contrato.
  • Si sustituyes a alguien, comprueba que figura la persona sustituida y la causa.
  • Pide una copia completa y legible.

Si el documento es incorrecto

Puedes escribir junto a tu firma:

“Recibido en fecha __/__/____. No conforme con el contenido ni con la antigüedad, categoría, jornada, salario, vacaciones o cualquier derecho no reconocido. Se firma únicamente a efectos de recepción.”

No firmes una baja voluntaria, renuncia general o saldo y finiquito con “nada que reclamar” sin asesoramiento.

Si no apareces en el listado

Solicita por escrito a la empresa saliente y entrante que expliquen la exclusión. Conserva prueba de que estabas adscrito al servicio, de tus turnos y de tus nóminas. Acude a la representación legal o al sindicato sin esperar a que pasen los plazos.

Si no te dejan entrar

Presenta una comunicación escrita indicando que te personaste para trabajar y que se te impidió el acceso o no se te asignó puesto. No abandones el puesto ni aceptes una baja verbal como solución.

Checklist de la persona trabajadora

0 de 10 comprobaciones completadas

Base legal: artículo 45 del Convenio Colectivo Estatal de Jardinería 2025–2030; artículos 15, 44 y 46 del Estatuto de los Trabajadores. Esta información es general y no sustituye asesoramiento jurídico sobre un caso concreto.
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